Constituye un beneficio que la Universidad otorga al personal docente y administrativo, así como a sus hijos y cónyuges, para cursar estudios de licenciatura en la Universidad, en tanto el personal esté vinculado laboralmente a la Universidad y tenga una antigüedad en la Institución, igual o mayor a dos años.
La beca se otorga a partir del primer semestre de la carrera y podrá ser renovada semestralmente o anualmente, de acuerdo al periodo del programa académico, cumpliendo con lo establecido en el artículo 9 del presente Reglamento.
Maria del Carmen Padilla Vaca
(+591) (3) 3442999, Extensión : 233
Horario de atención:
Lunes a viernes: 8:00 – 12:30 y 12:45 – 15:30.
100% de cobertura. Esta beca se otorga a estudiantes que cursan sexto de secundaria con un promedio no menor a 80/100 puntos al último bimestre.
80% de beneficio. Se otorga a los estudiantes que hubieran logrado los mejores promedios académicos de su carrera en el semestre precedente.
Beneficio de hasta el 80% de un máximo de 30 créditos inscritos en la gestión vigente.
Reciben beneficio de hasta el 80% de descuento sobre un máximo de 30 créditos en la gestión vigente.
La asignación máxima que se otorga a esta beca es del 80% del total de la colegiatura correspondiente al periodo académico en curso.
Asignación de beneficio de acuerdo a los convenios específicos establecidos con otras prestigiosas instituciones de la ciudad.
Hasta el 100% y sobre un máximo de 30 créditos inscritos en la gestión vigente.
Asigna ciento diez (110) becas activas de alcance nacional a los Obispos de la Iglesia Católica.
La beca para religiosos cubre hasta el 80% de los derechos académicos desde el ingreso del estudiante hasta la finalización de la carrera.
Beneficio de hasta el 80% sobre un máximo de 30 créditos inscritos a estudiantes con buen rendimiento académico en período vigente.